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lunes, 24 de octubre de 2011

Los candidatos cordobeses del PA proponen reformar el Código civil para equiparar las parejas de hecho de Andalucía con las del resto de España

Los candidatos cordobeses del PA proponen reformar el Código civil para equiparar las parejas de hecho de Andalucía con las del resto de España. La norma corregiría el desamparo jurídico de las parejas de hecho en aquellas comunidades que carecen de competencias civiles, como Andalucía.

Determinadas comunidades autónomas y territorios del Estado disponen de la potestad para crear normas civiles: Cataluña, País Vasco, Aragón, Baleares, Navarra o Galicia. Todas ellas han regulado las parejas de hecho equiparando los efectos jurídicos de su convivencia estable y acreditada al matrimonio. El resto de Comunidades Autónomas se someten al Derecho Común que, incomprensiblemente, aún no ha regulado de una forma coherente las parejas de hecho a nivel estatal. Eso supone que las parejas de hecho que vivan en estos territorios carecen de un régimen jurídico civil. Entre ellas Andalucía. Las consecuencias son especialmente graves cuando se rompe la convivencia, cuando existe descendencia o cuando fallece cualquiera de los conviventes. La situación de desamparo jurídico se incrementa por la existencia de estas mismas leyes en otros territorios del Estado. Por ejemplo, si una pareja de hecho se rompe en Andalucía no existe norma alguna que regule las consecuencias civiles del reparto patrimonial.

Imaginen una pareja de hecho que ha convivido durante 20 años con hijos. sin embargo, no es igual el fallecimiento de uno de los dos conviventes en unas comunidades que en otras. Donde existen competencias civiles, el convivente que así lo acredite tendrá los mismo derechos que el cónyuge. Donde rige el Código civil, el convivente carecerá de derechos sucesorios.

Ahora que el Partido Popular puede modificar el régimen jurídico matrimonial de las parejas del mismo sexo, y después de varias legislaturas socialistas sin prestar atención jurídica a los cientos de miles de parejas de hecho estables (del mismo o distinto sexo), los candidatos cordebeses del PA proponen reformar el art. 44 del Código Civil para equipararlas a efectos civiles con el matrimonio. Para ello se precisará la convivencia estable y acreditada durante dos años ininterrumpidos. A tal efecto se habilitará potestativamente su inscripción en el Registro Civil con efecto presuntivo, salvo prueba en contrario. Existen numerosos registros de parejas de hecho en los ayuntamientos andaluces, pero ninguno otorga eficacia civil general. Asimismo se propondrá una Ley estatal e igualitaria de parejas de hecho que resuelva pormenorizadamente este incomprensible e injusto vacio jurídico.


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